
1. El Consejo escolar
El consejo escolar es un órgano colegiado de Participación de la comunidad educativa en el gobierno del centro. La Constitución Española, en su artículo 27, establece que «Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos»; este principio de participación constituye el principal instrumento para que toda la comunidad educativa pueda implicarse directamente en la toma de decisiones del mismo.
El Consejo Escolar es uno de los órganos colegiados de gobierno de los centros educativos a través del cual participa la comunidad educativa. Su misión es la de asumir colegiadamente la responsabilidad máxima del funcionamiento del centro educativo, para lo que cuenta con la participación de todos los sectores implicados. Las decisiones que en el mismo se adoptan, como consecuencia del desarrollo de sus competencias, son múltiples y afectan a todo lo que ocurre en un centro educativo.
2. Composición del Consejo Escolar
a) El director del centro, que será su Presidente.
b) El jefe de estudios.
c) Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro.
d) Un número de profesores y profesoras que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo, elegidos por el Claustro y en representación del mismo.
e) Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
f) Un representante del personal de administración y servicios del centro.
g) El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.
3.Duración del Consejo Escolar de Centro y vacantes
La elección de todos los representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa en el Consejo Escolar se realizará por dos años. El procedimiento ordinario de elección de los miembros del Consejo Escolar se desarrollará durante el primer trimestre del curso académico de los años pares.
4. Competencias del Consejo Escolar El Consejo Escolar de los centros educativos tendrá, con carácter general, las siguientes competencias:
a) Informar y evaluar el Plan de Centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro de Profesorado establecidas en relación con la planificación y la organización docente.
El Plan de Centro está formado por tres documentos fundamentales en todo centro educativo:
• El Proyecto Educativo
• El Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF)
• Proyecto de Gestión.
b) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la justificación de la cuenta de gestión.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las personas candidatas.
d) Participar en la selección del director o directora del centro en los términos establecidos en la normativa correspondiente. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director o directora.
e) Informar sobre la admisión del alumnado con sujeción a lo establecido en la normativa correspondiente.
f) Realizar el seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia suscritos en el centro, para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento
g) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a lo establecido en el Plan de Convivencia. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del alumno o alumna que perjudiquen gravemente la convivencia del Centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o representantes legales del alumnado, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
h) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
i) Reprobar a las personas que causen daños, injurias u ofensas al profesorado. En todo caso, la resolución de reprobación se emitirá tras la instrucción de un expediente, previa audiencia al interesado.
j) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios.
k) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
l) Analizar y valorar el funcionamiento general del Centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el Centro.
m)Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del Centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
n) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Consejería competente en materia de educación.
5. Comisiones del Consejo Escolar de Centro
5.1. La Comisión permanente
5.2 La Comisión de Convivencia
5.3. Participación en otras Comisiones:
5.3.1 Equipo de evaluación
5.3.2 Comisión Permanente de gratuidad de libros de texto
5.3.3 Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales
6. Composición del Consejo Escolar para el curso 2019-20:
EQUIPO DIRECTIVO:
- Director: Don Francisco Arquellada López
- Jefe de Estudios Sección de Adultos: Don José Font Gavira
- Jefa de Estudios: Doña Ángeles Rodríguez García
- Secretario: Don Francisco Javier Ávila Llorente
PROFESORADO:
- Don Antonio José Aguilar Núñez
- Doña Alida Cano Dobladez
- Don Antonio Estévez Fernández
- Doña María Reyes Fernández Ruiz
- Doña María del Carmen García Cobo
- Don Juan Antonio González Ramos
- Doña Carmen María Romero Algarín
MADRES:
- Doña Margarita González Castillo
- Doña Ana López Sánchez
- Doña Aurora María Roldán García
- Doña Francisca Rocío Ropero Aguilera
- Doña Margarita Gayango Begines (Representante de la A.M.P.A. Mayoritaria)
ALUMNADO:
- Doña Jenifer Chamorro González
- Don Iván Guisado Pérez
- Don Jesús Muñoz Montero
- Don Jorge Páez Ramos
- Doña María Carolina Torres Goncalves
ADMINISTRACCIÓN Y SERVICIOS:
- Doña Lola Pérez Báez
AYUNTAMIENTO:
- Don José Manuel Triguero Begines (Concejal o representante del Ayuntamiento)
FOMENTO E IGUALDAD:
- Doña Alida Cano Dobladez (Impulsor de medidas para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres)
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